miércoles, 10 de septiembre de 2008

EN LA PAMPA SE ESTÁ GESTANDO OTRO CERRO DRAGÓN




En estas últimas semanas se ha venido desarrollando un conflicto generado por Petroquímica Comodoro Rivadavia, una empresa que extrae petróleo en la zona de Medanito- 25 de Mayo.


Esta empresa opera en el yacimiento con un CONTRATO DE LOCACION DE OBRA Y SERVICIOS con Nación, desde el año 1992, al comienzo de las privatizaciones y posteriormente fue transferida a la provincia en esa condición.


a) Este CONTRATO tiene una vigencia de 24 años, por lo que se vencen sus derechos en 2.016.
b) PCR se queda con el 73% de lo producido.


c) El Estado provincial recibe el 27% restante y el CONTRATO establecía que PCR debía pagar un 95% de ese 27%, compuesto por una canasta de precios internacionales del petróleo.
Petroquímica Comodoro Rivadavia desde el año 2.005 viene pagando bajo protesto las regalías (27%) e inició una demanda a la Provincia.


¿QUE QUIERE PETROQUIMICA COMODORO RIVADAVIA?


1.- Modificar la ecuación económica de las regalías que paga a la provincia y la devolución del pago bajo protesto.


2.- Extender por diez años la explotación del yacimiento


3.- Pasar del CONTRATO DE LOCACION a tener derechos por CONCESION del área Medanito


¿QUE SIGNIFICA ESTO?


Propone pagar el 27% en concepto de regalías pero al valor del mercado interno y la devolución de 82,5 millones de pesos que es lo que pago bajo protesto porque considera que está extrayendo a pérdida.


Propone extender diez años más los derechos de explotación del yacimiento porque prevé que al actual ritmo de extracción de petróleo y gas estará agotado el recurso natural en la cuenca.


Y pasar del contrato de locación vigente a la concesión del área Medanito, además de ser una violación a las leyes vigentes, se otorga un área sin licitación pública ni oferentes que puedan formular alternativas más ventajosas para la Provincia.


¿QUE HIZO PETROQUIMICA COMODORO RIVADAVIA?


Paga desde enero de 2008 las regalías sobre la base de 42 dólares, calculando sobre el valor del mercado interno.


Para presionar a la justicia donde ya tenía un fallo en primera instancia en contra, (con posterioridad la apelación en la Cámara, le salió favorable por una cuestión de forma), cerró pozos de exploración y obras en superficie dejando como consecuencia la cesantía de alrededor de 350 trabajadores ocasionando de esta manera una crisis social en 25 de Mayo. En diciembre de 2007 PCR dio de baja una unidad de perforación y en enero de 2008 dio de baja un equipo de terminación de pozo que significó la pérdida de otros 100 puestos.


En su auxilio acudió el Sindicato de Petroleros de Rio Negro y Neuquén que se llegó hasta Santa Rosa para anunciar que se pararía la explotación del petróleo en La Pampa.


¿QUÉ HIZO EL GOBIERNO?


El Gobernador Jorge viajó a Chubut a entrevistarse con Das Neves y volvió con el manual del Buen Privatizador bajo el brazo transformando el contrato de locación en una concesión, extendiendo el periodo de explotación y readecuando la fórmula económica.


Inmediatamente elevó a la Cámara de Diputados la propuesta de Petroquímica Comodoro Rivadavia para que a través de una ley provincial se avalara el despojo.


Esto generó el rechazo hasta de la propia bancada oficialista que envuelta en una interna por el poder le recriminó que actuaban "como representantes de la empresa".


¿QUE SE ESTA DEBATIENDO EN LA CAMARA DE DIPUTADOS?


Ninguno de los diputados, sean oficialistas o de la oposición proponen salirse del esquema privatizador de la década del noventa. Con el enunciado de discutir y establecer una política de estado en el tema hidrocarburos plantean retoques cosméticos al estilo de pedir más regalías a cambio de más años de explotación, o de convocar a una nueva licitación del área Medanito.


¿QUE ESTABLECE LA CONSTITUCION PROVINCIAL?


Articulo 4: establece sobre la Integración Regional que el Estado "Puede crear organismos, celebrar acuerdos o convenios, interprovinciales, con la Nación o Entes Nacionales, con el objeto de lograr un mayor desarrollo económico y social.


Articulo 18: "… Es obligación del Estado y de toda la comunidad proteger el ambiente y los recursos naturales, promoviendo su utilización racional y el mejoramiento de la calidad de vida.
Los poderes públicos dictarán normas que aseguren:
a) La protección del suelo, la flora, la fauna y la atmosfera


Artículo 33: "La propiedad debe cumplir una función social y su explotación conformarse a la conveniencia de la comunidad. La expropiación fundada en el interés social, deberá ser autorizada por ley.


Sindicato Luz y Fuerza La Pampa


SE DEBE NACIONALIZAR,
NO REPRIVATIZAR O RENEGOCIAR

http://puestodeguardia.blogspot.com/

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